Dentro del sistema de formación profesional para el empleo, las empresas pueden organizar formación para sus trabajadores a través de centros o entidades de formación especializadas. Estas organizaciones son las encargadas de diseñar e impartir los cursos que forman parte del sistema de formación bonificada. Para garantizar la calidad y el control de la formación, la normativa española establece requisitos específicos que deben cumplir los centros y entidades que imparten formación para empresas. Estas normas regulan aspectos como la inscripción en registros oficiales, los medios técnicos y pedagógicos necesarios o los procedimientos administrativos para impartir acciones formativas. Entre las principales normas que regulan a los centros de formación destacan la Orden ESS/723/2016, relacionada con la declaración responsable de las entidades de formación, y la Orden TMS/369/2019, que regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo. Conocer esta normativa permite a las empresas identificar qué entidades están autorizadas para impartir formación dentro del sistema FUNDAE y garantiza que la formación recibida por los trabajadores cumple los requisitos establecidos por la legislación vigente.
Normativa sobre centros y entidades de formación
Para garantizar la calidad de la formación dirigida a trabajadores y empresas, la normativa española establece requisitos específicos que deben cumplir las entidades que imparten formación dentro del sistema de formación profesional para el empleo. Estas normas regulan aspectos como la inscripción de las entidades de formación en registros oficiales, los medios técnicos y pedagógicos necesarios para impartir formación o los procedimientos administrativos que deben seguir los centros formativos.
Orden ESS/723/2016 sobre la declaración responsable de las entidades de formación
La Orden ESS/723/2016, de 9 de mayo, regula el modelo de declaración responsable que deben presentar las entidades de formación cuando desean impartir formación que no está incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas del sistema de formación profesional para el empleo. A través de esta declaración, las entidades acreditan que disponen de los medios técnicos, humanos y pedagógicos necesarios para impartir la formación en condiciones adecuadas. Esta normativa permite ampliar la oferta formativa disponible dentro del sistema, facilitando que las empresas puedan acceder a programas formativos adaptados a necesidades específicas que no están recogidas en el catálogo oficial de especialidades.
Orden TMS/369/2019 sobre el Registro Estatal de Entidades de Formación
La Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del Sistema de Formación Profesional para el Empleo. Este registro recoge las entidades que están acreditadas o inscritas para impartir formación dentro del sistema oficial, tanto en modalidad presencial como en teleformación. La normativa establece los requisitos que deben cumplir los centros de formación, como disponer de instalaciones adecuadas, recursos pedagógicos suficientes y personal cualificado para impartir la formación. Para las empresas, este registro permite identificar qué entidades están autorizadas para impartir formación dentro del sistema de formación para el empleo y garantiza que la formación recibida por los trabajadores cumple con los estándares establecidos por la normativa.


